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ABOGADOS

Los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte, bien de conformidad con la voluntad del fallecido, plasmada en el
testamento o bien en virtud de disposición legal a falta de este.
Aceptación de la herencia
Es la porción de bienes en la herencia de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la Ley a determinados herederos, llamados por eso herederos forzosos, siendo estos los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes; a falta de estos los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes viudo o viuda
La legítima
Es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la Ley a determinados herederos, llamados por eso herederos forzosos, siendo estos los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes; a falta de estos, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes y el viudo o viuda.
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