

Incurre en delito sancionable con pena privativa de libertad o multa el que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica bien a favor del cónyuge o de sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación, divorcio, nulidad del matrimonio así como en los procesos de filiación o alimentos a favor de los hijos.
Igualmente es tambien merecedor de sanción penal el que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potesdad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge que se haye necesitado.
Divorcio de mutuo acuerdo: 600 €
No estando incluido los honorarios del procurador. Se entiende por mutuo acuerdo cuando exista preacuerdo en las cuestiones mas comunes.
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